Debemos expresar que en términos jurídicos no corresponde a las entidades sin fines de lucro el pago del impuesto a las Ganancias. Las entidades mutuales y cooperativas no obtienen ganancias sino excedentes que son reinvertidos en servicios para sus asociados. De aprobarse así, perjudicaría mucho y llevaría a resentir el aporte que hacen históricamente en nuestras comunidades para promover el desarrollo económico y cultural, el acceso a la educación, la recreación, la salud, etcétera.
Es de hacer notar que los servicios que dan superávit sostienen a los que son deficitarios. Estos últimos son los que ningún privado quiere afrontar y adonde tampoco suele llegar el Estado.
Es por todo ello que invitamos a participar del Acto público a realizarse el día viernes 12 de octubre de 2018, en las instalaciones del Hindu Club ubicado en calle Sarmiento N 1250 de la Ciudad de Córdoba.